A raíz de la disolución de la Comisión Internacional Penal y Penitenciaria, sus funciones y archivos se incorporaron al funcionamiento de la nueva organización.
El Comité considera, sin embargo, que la condena impuesta al autor es suficientemente seria, en cualquier circunstancia, para justificar una revisión por un tribunal superior.
El Primer Congreso examinó la posibilidad de establecimientos penales y correccionales “abiertos”, la selección y formación del personal penitenciario y la debida utilización del trabajo penitenciario.
El Relator Especial expresa esperanza de que estas ejecuciones sean aberraciones y que la Autoridad Palestina se abstenga en el futuro de esta forma de castigo.