No puede pues alegarse discriminación cuando la distinción es objetiva y razonable, ya que los convenios a comparar ni son escindibles en partes determinadas arbitrariamente, ni son comparables entre sí, pues son distintos los Estados firmantes y, en consecuencia, los supuestos de aplicación.
若是这种区分客观而合理,就不会出歧视的指控,因
也许不可以把用于比较的
定分割
任意组成部分,各部分之间是无法互相比较的,因
签署国是不同的国家,所采用的基准也就各异。